Deudas a la Sunat se podrán reducir hasta en 90%

El Ministerio de Economía acaba de emitir la reglamentación del Fraccionamiento Especial (FRAES), el cual permitirá que mypes, deudores de la sunat, tengan la posibilidad de rebajar a menos de la mitad sus deudas tributarias.

Fraccionamiento Especial

Las micro y pequeñas empresas y personas naturales con deudas vencidas con la Sunat que se acojan al Fraccionamiento Especial para reducirlas, pueden obtener un descuento adicional del 20% si las paga al contado de acuerdo a la reciente reglamentación publicada por el MEF.

Cabe señalar que el FRAES es una alternativa que permitirá a personas y empresas, cuyos ingresos no superen los 9 millones anuales,  disminuir entre el  50% y 90% el monto de las deudas que tenga con la Sunat hasta el 30 de setiembre del 2016.

Por otro lado, además del descuento adicional del 20% por pagar al contado de la deuda (antes del 31 de julio del 2017), el reglamento menciona que está permitido el fraccionamiento de hasta 02 deudas tributarias, 02 deudas aduaneras y 02 deudas con el Fonavi.

Por lo tanto, los contribuyentes pueden tener hasta dos FRAES a la vez; puede separar obligaciones tributarias del gobierno central, IGV, Renta u obligaciones tributarias que son administradas por la Sunat como el Fonavi o regalías mineras.

Importante

Si una persona tiene una propiedad embargada por la Sunat y se acoge al FRAES, dicha propiedad dejará de estar embargada de modo automático.

En tanto, según la norma, si una persona presenta atrasos por más de tres meses en sus cuotas fraccionadas, perderá el beneficio y la Sunat podrá exigirle nuevamente el pago íntegro de la deuda.

Falta Resolución

Cabe precisar que el FRAES aún no ha entrado en vigencia, pues todavía no se ha emitido la resolución correspondiente que determine el mecanismo para que los contribuyentes puedan acogerse al fraccionamiento pese a que la fecha límite para aprovecharla es el 31 de julio del presente.

 Excluidos del beneficio

No podrán acceder al FRAES los que tuviesen alguna parte vinculada cuyos ingresos superen las dos mil trescientas (2,300) UIT.